| El cable podrá aumentar canales sin autorización previa |
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A través de la Resolución 1039/05, el Comfer estableció “que no deberá requerirse autorización para la ampliación de la cantidad de canales en que operen los servicios complementarios de radiodifusión por vínculo físico, cuando no se modifiquen las bandas de operación asignadas por la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC)”.
En los argumentos se tuvo en cuenta los diversos trámites de solicitudes, que “no se compadece con los principios de celeridad, economía y eficacia”.
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